Teniendo presente la contingencia sanitaria derivada del brote del
Coronavirus, lo dispuesto en las Actas 41-2020 y 42-2020 de la Excma.
Corte Suprema y las medidas adoptadas en sesión del Tribunal Pleno de
esta Corte en sesión de diecisiete de marzo del año en curso, particularmente en relación a la restricción de acceso de público se disponen las siguientes medidas específicas: