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Ley N° 21.223 – Diario Oficial Electrónico,
Miércoles 1 de abril de 2020

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1 de abril 2020

PRORROGA EL PLAZO PARA LA RENOVACIÓN DE LOS PERMISOS DE CIRCULACIÓN CORRESPONDIENTES AL AÑO 2020, Y OTRAS MATERIAS QUE INDICA

MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES

LEY NÚM. 21.223

PRORROGA EL PLAZO PARA LA RENOVACIÓN DE LOS PERMISOS DE CIRCULACIÓN CORRESPONDIENTES AL AÑO 2020, Y OTRAS MATERIAS QUE INDICA

Teniendo presente que el H. Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente proyecto de ley originado en una moción de los diputados señores Víctor Torres Jeldes, Andrés Longton Herrera, Pablo Lorenzini Basso, José Miguel Ortiz Novoa, Raúl Saldívar Auger, Mario Venegas Cárdenas y Matías Walker Prieto y de las diputadas señoras Marcela Hernando Pérez, Claudia Mix Jiménez y Joanna Pérez Olea,

Proyecto de ley:

     » Artículo único .- Sin perjuicio de lo dispuesto en el numeral 1 del inciso primero del artículo 15 del decreto ley N° 3.063, sobre rentas municipales, cuyo texto refundido y sistematizado fue fijado por el decreto supremo Nº 2.385, de 1996, del Ministerio del Interior, la renovación de los permisos de circulación y su distintivo correspondientes al año 2020 podrá ser efectuada hasta el 30 de junio de 2020, y el impuesto respectivo podrá ser pagado en dos cuotas iguales.
La primera, hasta el 30 de junio de 2020, y la segunda, en los términos señalados en el literal a) del inciso segundo del artículo 15 ya mencionado.
No procederá el cobro de reajustes, intereses ni multas por los pagos realizados hasta el 30 de junio de 2020, de conformidad a lo dispuesto en el inciso precedente.
Para todos los efectos legales, prorrógase la vigencia de los permisos de circulación correspondientes al año 2019, de los vehículos señalados en el numeral 1 del inciso primero del artículo 15 del decreto ley mencionado en el inciso primero, hasta el 30 de junio de 2020.
Lo anterior, no obstará al pago del seguro obligatorio de accidentes personales de conformidad a la ley.».
     Y por cuanto he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo; por tanto, promúlguese y llévese a efecto como Ley de la República.

Santiago, 1 de abril de 2020.- SEBASTIÁN PIÑERA ECHENIQUE, Presidente de la República.- Gloria Hutt Hesse, Ministra de Transportes y Telecomunicaciones.- Gonzalo Blumel Mac Iver, Ministro del Interior y Seguridad Pública.
Lo que transcribo, a Ud. para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud., José Luis Domínguez Covarrubias, Subsecretario de Transportes.

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Fuente: Diario Oficial