Sin la aplicación de este programa, según un estudio del Sename, más del 52% reincide en menos de dos años.
Para el jefe regional Centro Norte, la Ley de Responsabilidad Penal Adolescente -tras 10 años de vigencia- «ha demostrado que no es una herramienta idónea para abordar ciertos fenómenos delictuales».
»Con este programa (Tribunal de Tratamiento de Drogas), hay una supervisión judicial. Se va evaluando mes a mes la forma en que el adolescente ha ido cumpliendo las distintas etapas del tratamiento». ANDRÉS MONTES FISCAL REGIONAL CENTRO NORTE
«Desde que empezamos con los Tribunales de Tratamiento de Drogas (TTD), han egresado 78 adolescentes (infractores) del programa. El 60,6% de ellos no tiene compromiso delictual posterior», afirma el fiscal regional Centro Norte, Andrés Montes. El programa comenzó en 2008 como un piloto en esta jurisdicción y -dados sus buenos resultados, dice- hoy se encuentra implementado en todo el país.
Está destinado a menores, de entre 14 y 17 años y 364 días, cuyo compromiso delictual sea bajo, sin antecedentes penales y con un consumo problemático de drogas, entre otras condiciones. El resto de los jóvenes infractores pasan por el sistema al alero de la Ley de Responsabilidad Penal Adolescente (LRPA), la que «requiere urgente revisión», advierte Montes.
«Lleva 10 años de vigencia y ha demostrado -agrega el fiscal- que no es una herramienta idónea para abordar ciertos fenómenos delictuales, especialmente cuando se trata de simples delitos, y de adolescentes reincidentes». Y pone algunos ejemplos.
Un estudio de Sename, realizado el año pasado, revela que más del 52% de los jóvenes que pasan por la LRPA reincide dentro de los 24 meses posteriores a la comisión del primer delito. «Uno ve ahí que hay un problema», apunta, al tiempo que entrega otro dato estadístico: «Uno de cada cuatro robos violentos lo comete un adolescente (de los casos donde hay imputado conocido), por eso es necesario buscar fórmulas y herramientas que eviten llegar a este tipo de situaciones».
-Previo a los TTD, ¿cuál era el escenario?
-En el ámbito de aplicación de la LRPA, sobre todo con los delitos que son de menor entidad, que son los que se denominan «simples delitos», en general existe mucha reincidencia. El sistema es muy ineficiente para tratar adecuadamente la situación de esos adolescentes que tienen un alto compromiso delictual y, en ese contexto, cada vez que un adolescente era detenido, pasaba a un control de detención, se aplicaba una sanción, por ejemplo, de realizar trabajos en beneficio de la comunidad, cuando no necesariamente ese trabajo va a ser una buena herramienta de reinserción, si no está bien guiado.
Supervisión judicial
A ello se suman otros problemas de la ley de responsabilidad juvenil, sostiene el fiscal Montes. Por una parte, dice, «hay que revisar sobre todo las herramientas con las que cuenta un juez a la hora de establecer una sanción, que debe ser la adecuada, necesaria y proporcional a la infracción», pero además «debe también establecerse un sistema de ejecución, que permita efectivamente que las sanciones que se impongan sean cumplidas porque de otra forma no tiene real sentido todo el esfuerzo que hace el Estado en orden a perseguirlos (penalmente)».
-¿Quién controla el cumplimiento de la sanción impuesta?
-Hay muchas situaciones, va a depender de la entidad encargada de fiscalizarlo, y sobre todo no siempre había consecuencias tan claras para el caso de incumplimiento de esas medidas.
-¿Y en los TTD?
-La ventaja del TTD está en que no solo se toma una decisión interinstitucional de quiénes ingresan al programa, sino que además la persona mientras está en el tratamiento, que puede ser bajo el régimen de internación o ambulatorio, supone una supervisión; entonces, el tribunal planifica y realiza audiencias con el objeto de ver y analizar el avance que ha tenido el adolescente en el cumplimiento del programa.
«Con este programa hay una supervisión judicial. Se va evaluando mes a mes la forma en que el adolescente ha ido cumpliendo las distintas etapas del tratamiento y una vez concluido todo el tratamiento y, en la medida que el adolescente ha tenido un compromiso con el cumplimiento del mismo, se realiza el egreso del programa y esta persona termina bajo la fórmula de suspensión condicional del procedimiento.
-¿Qué motivó la implementación de este sistema?
-En 2008 ya había entrado en vigencia la LRPA y determinamos que esta era una herramienta que podía servir para maximizar los objetivos de esa ley, que son resocializar y reinsertar y responsabilizar a los adolescentes.
En términos generales, del sistema procesal penal completo, reflexiona el fiscal Montes, «hoy vemos, con mucha claridad, que el sistema muchas veces no entrega la respuesta más adecuada a ciertos tipos de imputados», y eso se puede constatar, advierte, ya que «tenemos un sistema de justicia penal donde, básicamente, el sistema penitenciario está colapsado y cada vez tenemos percepciones de inseguridad que son más altas».
Para Montes, «tener adolescentes con hasta 50 sentencias condenatorias indica una pérdida de legitimidad del trabajo del Estado y además no contribuye de ninguna forma a la reinserción y tampoco a la resocialización o responsabilización de estos adolescentes» y es eso -a su juicio, entre otras cosas- lo que «obliga a explorar nuevas formas de enfrentar el delito y nuevas fórmulas para realizar la persecución penal».
-¿Qué percepción tiene la fiscalía en cuanto a la responsabilización de los jóvenes?
-El no tener respuestas claras y precisas por parte del Estado frente a la comisión de un delito, sin duda que genera mensajes confusos. Por lo tanto, creemos mucho más en alternativas como esta (TTD) para abordar la criminalidad adolescente, que otras que van a redundar en el encarcelamiento.
Fuente: El Mercurio, lunes 06 de noviembre de 2017