MODIFICA LA LEY Nº 17.798, SOBRE CONTROL DE ARMAS, Y OTRAS DISPOSICIONES, PARA SANCIONAR PENALMENTE LA FABRICACIÓN, IMPORTACIÓN, COMERCIALIZACIÓN, DISTRIBUCIÓN, VENTA, ENTREGA A CUALQUIER TÍTULO, Y EL USO DE FUEGOS ARTIFICIALES, EN LAS CONDICIONES QUE INDICA
Fuente: Diario Oficial