Entre otras condiciones, SQM y dos filiales deberán donar $1.650.000.000 a fundaciones, hospital de Viña del Mar y escuela de Isla de Pascua; más $900 millones a beneficio fiscal.
El Octavo Juzgado de Garantía de Santiago acogió el viernes 26 de enero la solicitud del Ministerio Público, con la oposición del Consejo de Defensa del Estado, y decretó la suspensión condicional del procedimiento en favor de la empresa Soquimich y dos filiales, imputadas como personas jurídicas por el delito reiterado y consumado de cohecho. Ilícito perpetrado en el domicilio de la sociedad minera, entre enero de 2010 y el 22 de diciembre de 2011.
En la audiencia de formalización de la investigación (causa rol 10969-2016), el el magistrado Luis Avilés estableció que en la especie se cumplen los requisitos legales, por lo que dictó la suspensión condicional de la causa abierta en contra de la empresa minera no metálica Soquimich S.A. y sus filiales SQM Salar S.A. y SQM Nitratos S.A., las que deberán pagar la suma única a beneficio fiscal de $900.000.000 (novecientos millones de pesos), dentro del plazo de 60 días una vez ejecutoriada la resolución, ante la Tesorería de General de la República.
Además, SQM y sus filiales deberán donar la suma única de $1.650.000.000 (mil seiscientos cincuenta millones de pesos). Monto que deberán cancelar en partes iguales, dentro del plazo de 60 días una vez ejecutoriada la resolución, dividido en: $650.000.000 (seiscientos cincuenta millones de pesos) a la Fundación Debra Chile; $550.000.000 (quinientos cincuenta millones de pesos) al Hospital Sanatorio Marítimo San Juan de Dios de Viña del Mar; $250.000.000 (doscientos cincuenta millones de esos) al Pequeño Cottolengo de Cerrillos, y $200.000.000 (doscientos millones de pesos) a la Escuela Toki de Isla de Pascua.
Asimismo, se estableció que las sociedades deberán entregar al Ministerio Público dentro del plazo de cuatro meses, una vez ejecutoriada la resolución, un informe que contenga un modelo de prevención del delito, programa de capacitación interna, con referencia a la legislación canadiense, americana y alemana, debidamente certificada con informe en derecho de dos profesores universitarios que tengan un doctorado en derecho penal.
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Fuente: Poder Judicial, lunes 29 de enero de 2018