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Ley N° 21.104 – Diario Oficial Electrónico,
lunes 06 de agosto de 2018
MODIFICA LA LEY N° 20.845, DE INCLUSIÓN ESCOLAR, EN CUANTO A LA ENTRADA EN FUNCIONAMIENTO DEL SISTEMA DE ADMISIÓN ÚNICO PARA LA REGIÓN QUE INDICA

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6 de agosto 2018

MINISTERIO DE EDUCACIÓN

LEY NÚM. 21.104

MODIFICA LA LEY N° 20.845, DE INCLUSIÓN ESCOLAR, EN CUANTO A LA ENTRADA EN FUNCIONAMIENTO DEL SISTEMA DE ADMISIÓN ÚNICO PARA LA REGIÓN QUE INDICA

Teniendo presente que el H. Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente

Proyecto de ley:


«Artículo 1°.- Modifícase el artículo vigésimo sexto transitorio de la ley Nº 20.845, de inclusión escolar que regula la admisión de los y las estudiantes, elimina el financiamiento compartido y prohíbe el lucro en establecimientos educacionales que reciben aportes del Estado, de la siguiente manera:1) Intercálase, en el inciso cuarto, a continuación de la expresión «no consideradas en los incisos anteriores,», la frase «con excepción de la Región Metropolitana,».
2) Agrégase el siguiente inciso quinto, nuevo, pasando el actual inciso quinto a ser sexto y así sucesivamente:»Para el cuarto año de postulación, se realizará el procedimiento de admisión en la Región Metropolitana, y exclusivamente para el menor nivel o curso que tengan los establecimientos educacionales de dicha región. Para el caso de las regiones señaladas en el inciso anterior, el procedimiento de admisión se extenderá a todos los cursos o niveles.».3) Reemplázase en el inciso quinto, que ha pasado a ser sexto, la palabra «cuarto» por «quinto».

Artículo 2°.- Modifícase el decreto con fuerza de ley Nº 4, del Ministerio de Educación, de 2016, en los siguientes términos:1) Modifícase su artículo 1º de la siguiente manera:

a) Sustitúyese la palabra inicial «Dispóngase» por «Dispónese».
b) Elimínanse los guarismos «XV», «II», «III», «V», «VII», «VIII», «IX» y «XIV».
c) Reemplázase la expresión «; XI Región de Aysén del General Carlos Ibáñez del Campo, y Región Metropolitana de Santiago» por «y Región de Aysén del General Carlos Ibáñez del Campo».
d) Incorpórase el siguiente inciso segundo:

«Dispónese el año 2019, como cuarto año de postulación para la Región Metropolitana.».

2) Efectúanse, en su artículo 2°, las siguientes modificaciones:

a) Enmiéndase el inciso primero como se indica:

i) Sustitúyese la palabra inicial «Establézcase» por «Establécese».
ii) Reemplázase la expresión «artículo 1º» por «inciso primero del artículo».

b) Intercálase el siguiente inciso segundo, nuevo, pasando el actual inciso segundo a ser tercero:

«Establécese para el año escolar 2020 la entrada en vigencia del proceso de admisión escolar dispuesto en el numeral 6) del artículo 2º de la ley Nº 20.845, en la Región Metropolitana.».

c) Reemplázase en el inciso segundo, que ha pasado a ser tercero, la expresión «Dicho proceso se implementará» por «Dichos procesos se implementarán».

3) Modifícase su artículo 4º de la siguiente manera:

a) Elimínanse, en el inciso primero, los guarismos «I», «IV», «VI» y «X».
b) Enmiéndase el inciso segundo como sigue:

i) Suprímense los guarismos «XV», «II», «III», «V», «VII», «VIII», «IX» y «XIV».
ii) Sustitúyese la expresión «; XI Región de Aisén del General Carlos Ibáñez del Campo; y Región Metropolitana de Santiago» por «y Región de Aysén del General Carlos Ibáñez del Campo».

c) Incorpórase el siguiente inciso final:

«Para la Región Metropolitana, el procedimiento de postulación para el año 2020 y de admisión para el año 2021 de los establecimientos educacionales de esta región se extenderá a todos sus cursos o niveles reconocidos oficialmente.».».


Y por cuanto he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo; por tanto promúlguese y llévese a efecto como Ley de la República.Santiago, 27 de julio de 2018.- SEBASTIÁN PIÑERA ECHENIQUE, Presidente de la República.- Gerardo Varela Alfonso, Ministro de Educación.
Lo que transcribo a usted para su conocimiento.- Saluda atentamente a usted, Raúl Figueroa Salas, Subsecretario de Educación.

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