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Giro de Sala Penal de la Suprema en medio de críticas y acusaciones: rechaza amparo de ex CNI Herrera Jiménez

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24 de agosto 2018


El autor material de los asesinatos de Tucapel Jiménez y el carpintero Juan Alegría presentó un recurso para salir en libertad, pero la instancia le dio un portazo, ratificando el fallo de la Corte de Apelaciones de Santiago. Decisión contra este ícono de las violaciones a los DDHH se produce en momentos en que la Cámara de Diputados analiza la acusación constitucional contra tres ministros de la Sala Penal por las libertades otorgadas a otros condenados por delitos de lesa humanidad.

 


En fallo unánime, la Sala Penal de la Corte Suprema rechazó un recurso de amparo presentado por la defensa de Carlos Herrera Jiménez que buscaba salir de Punta Peuco, donde cumple condena a cadena perpetua por los crímenes del dirigente sindical Tucapel Jiménez y el carpintero Juan Alegría.


La instancia integrada por los ministros Hugo Dolmestch, Carlos Künsemüller, Lamberto Cisternas, Manuel Antonio Valderrama y Jorge Dahm ratificó el fallo de la Corte de Apelaciones de Santiago que desestimó este recurso presentado por la defensa de este ex agente de la CNI, quien este año cumple 30 años tras las rejas.


La Sala Penal está en el ojo del huracán a raíz de las resoluciones que han beneficiado a otros internos de Punta Peuco condenados por delitos de lesa humanidad. De hecho, la oposición presentó una acusación constitucional contra los ministros Hugo Dolmestch, Carlos Künsemüller y, Manuel Antonio Valderrama, por abandono de deberes.

Argumentos del tribunal

La defensa de Jiménez buscaba obtener su libertad, según su concepto, al mutar el cumplimiento de la pena desde presidio perpetuo a 20 años. Alegaba que “no ha sido puesto en libertad tras cumplir el 25 de junio de 2018 las condiciones que así le permiten su egreso, basado en la condena unificada de presidio perpetuo”.


En su argumentación, la sala expresa que “Gendarmería no ha cometido acto ilegal alguno. Ciertamente no puede, por sí y ante sí, disponer que una persona que está condenada a presidio perpetuo, por el sólo hecho de llevar más de veinte años en prisión y haberse decidido en su oportunidad que se regía el amparado por el antiguo texto del citado artículo 3° del D.L. 321, debe quedar en libertad por tener la pena cumplida. Tal decisión debe ser adoptada por una entidad distinta de Gendarmería”, dice el fallo de primera instancia ratificado por la Corte Suprema.


Agrega que: “yendo al fondo del asunto, parece a esta Corte que el verdadero sentido y alcance del citado artículo 3°, en su texto antiguo, sólo quiere decir que una persona condenada a más de veinte años o a presidio perpetuo, si obtiene la libertad condicional, por ese hecho su pena queda fijada ipso jure en veinte años. Como en el caso sub judice el amparado nunca ha obtenido dicho beneficio -o derecho-, la pena no puede entenderse que ha quedado fijada en veinte años, debiendo recordarse que la libertad condicional es un modo particular de hacer cumplir en libertad la pena impuesta y, por ende, de acuerdo con el citado artículo 3° aplicable a la especie, la pena del amparado, que es una única de presidio perpetuo, de obtener la libertad condicional, queda fijada en veinte años”.

Su prontuario

Carlos Herrera Jiménez ha pasado a la historia como un ícono de las violaciones de los derechos humanos. Como uniformado, asistió a la Escuela de las Américas del Ejército de Estados Unidos, donde aprendió las técnicas de tortura que luego aplicó tras el golpe militar. Integró el Batallón de Inteligencia del Ejército y la Central Nacional de Informaciones (CNI). «Yo no entré al Ejército para matar chilenos, pero me convirtieron en una bestia criminal», confesó en una posterior entrevista. Herrera Jiménez también cumplió una condena de 10 años por el crimen del transportista y dirigente DC, Mario Fernández, en Ovalle.


En 1982, cuando el movimiento opositor a la dictadura de Augusto Pinochet crecía y estaba a punto de lograrse una amplia unidad político-sindical, Herrera Jiménez fue una pieza clave del golpe que dio el régimen, con la eliminación del presidente de la Agrupación Nacional de Empleados Fiscales (ANEF) Tucapel Jiménez Alfaro, uno de los principales impulsores de esa buscada unidad.


El dirigente fue interceptado el 25 de febrero de 1982 en el taxi que conducía y llevado a un camino rural, donde se le dio muerte mediante disparos en el cráneo y posterior degollamiento, consigna el Informe Rettig.


Al año siguiente, en 1983, Herrera Jiménez fue el autor material del carpintero Juan Alegría, quien fue emborrachado en su mediagua en Valparaíso y obligado a escribir una carta culpándose del crimen de Tucapel Jiménez, en circunstancias que la CNI le cortó las venas de ambas muñecas para simular un suicidio.


El mayor (r)  ha concedido varias entrevistas desde su encierro en Punta Peuco. En ellas se ha mostrado arrepentido por sus actos.  “Yo confundí la frontera del bien y el mal, de lo moral y lo inmoral, y me situé en el lado opuesto de lo ético”, ha asegurado. Pero también ha apuntado hacia otros que no han asumido sus culpas ni responsabilidades. “La Justicia se cortó en un eslabón, no pasó hacia arriba, los que daban las órdenes», dijo al programa “El juez, la víctima y el victimario” de Chilevisión (en la foto). En otra entrevista, ahondó en su tesis: «hubo cómplices pasivos y que al día de hoy no han respondido”.

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Fuente: elmostrador.cl