Articulos / Noticias

Bancos no podrán informar a servicios públicos sobre las indagatorias de Contraloría

[ssba]
26 de septiembre 2018

Nueva Ley de Transparencia y cuentas corrientes fiscales:
De prosperar la iniciativa en el Congreso, esta norma se aplicaría incluso a las Fuerzas Armadas.
La idea es que la Contraloría logre detectar a tiempo posibles irregularidades financieras en el sector público, al acceder a las cuentas corrientes.

El proyecto de Nueva Ley de Transparencia, que se tramita en el Congreso, recoge en su artículo 14 una antigua aspiración de la Contraloría General de la República: tener acceso a las cuentas corrientes bancarias de los servicios públicos. Y añade la siguiente indicación: los bancos a los cuales el ente fiscalizador solicite información no podrán avisar de la indagatoria al titular de la cuenta.

En mayo pasado, el contralor Jorge Bermúdez había pedido públicamente que la institución pudiera acceder a las cuentas corrientes de las entidades públicas, dejando en claro que quedaban fuera las cuentas particulares de los funcionarios.

«Es probable que de haber tenido esa facultad, se hubieran podido prevenir grandes casos de defraudación que hoy día, todavía, nos impactan», dijo el abogado en la ocasión.

El artículo, que está relacionado entre otros con la Ley de Bancos, pone condiciones para que la institución financiera acceda a la petición: la Contraloría debe enviar una solicitud fundada (con el motivo específico), de carácter reservado y que será notificada al banco por carta certificada.

Además, el organismo fiscalizador debe especificar las operaciones, productos o tipos de operaciones bancarias, respecto de los cuales se requiere información; y señalar los períodos comprendidos en la solicitud. La entidad bancaria tiene 10 días hábiles para entregar la información a la Contraloría.

Esta facultad permitirá que el ente fiscalizador, al examinar las conciliaciones bancarias entregadas por los organismos públicos, sepa si son consistentes con las cuentas corrientes bancarias.

A su vez, «la entidad bancaria deberá mantener en reserva el haber sido requerida, no pudiendo comunicar al titular de este hecho, como tampoco de la existencia o el contenido de la solicitud».

En el Ministerio Secretaría General de la Presidencia señalaron por qué, de prosperar el proyecto de ley, los bancos no podrán informar de las indagatorias de la Contraloría a la repartición correspondiente.

Por un lado, se esgrime, la reserva ayuda a asegurar el éxito de una investigación. De esta manera se quiere evitar que los funcionarios de la entidad indagada realicen acciones que entorpezcan la fiscalización, como por ejemplo la restitución de los fondos, lo que podría constituir una atenuante en un sumario.

Respecto de las instituciones que podrán ser indagadas por esta ley, el organismo fiscalizador informó que «de acuerdo a como está planteado el proyecto de ley, todos los órganos del Estado que estén sujetos a control de la Contraloría podrán ser fiscalizados, entre los que se incluyen las FF.AA. y de Orden, a no ser que la norma lo prohíba expresamente».

Tramitación
El 13 de septiembre entró a tramitación en el Congreso la llamada Nueva Ley de Transparencia, que busca actualizar la normativa.
 

Sharing is caring!

Fuente: El Mercurio, miércoles 26 de septiembre de 2018