MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS LEY NÚM. 21.136 EXIGE QUE EN EL DECRETO PROMULGATORIO DE LA LEY CONSTE EL NOMBRE DE LOS AUTORES DEL PROYECTO CUANDO SE TRATE DE UNA MOCIÓN PARLAMENTARIA Teniendo presente que el H. Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente proyecto de ley, originado en una moción de los […]
MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
LEY NÚM. 21.136
EXIGE QUE EN EL DECRETO PROMULGATORIO DE LA LEY CONSTE EL NOMBRE DE LOS AUTORES DEL PROYECTO CUANDO SE TRATE DE UNA MOCIÓN PARLAMENTARIA
Teniendo presente que el H. Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente proyecto de ley, originado en una moción de los Honorables diputados señores Diego Paulsen Kehr y Jorge Rathgeb Schifferli y de los exdiputados señores Nicolás Monckeberg Díaz y Germán Becker Alvear,
Proyecto de ley:
«Artículo único.- Agrégase en el artículo 6 del Código Civil el siguiente inciso segundo:
«El decreto supremo promulgatorio de una ley iniciada en una moción deberá contener, a continuación del nombre de aquella, el de los diputados o senadores autores de la referida iniciativa.».».
Y por cuanto he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo; por tanto promúlguese y llévese a efecto como Ley de la República.
Santiago, 24 de enero de 2019.- SEBASTIÁN PIÑERA ECHENIQUE, Presidente de la República.- Juan José Ossa Santa Cruz, Ministro de Justicia y Derechos Humanos (S).- Gonzalo Blumel Mac-Iver, Ministro Secretario General de la Presidencia.
Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud., Sebastián Valenzuela Agüero, Subsecretario de Justicia (S).