MINISTERIO DE HACIENDA LEY NÚM. 21.139 RENUEVA EL MECANISMO TRANSITORIO DE REINTEGRO PARCIAL DEL IMPUESTO ESPECÍFICO AL PETRÓLEO DIÉSEL PARA EMPRESAS DE TRANSPORTES DE CARGA Teniendo presente que el H. Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente, Proyecto de ley: «Artículo único.- Modifícase el artículo único de la ley N° 20.658, que modifica […]
MINISTERIO DE HACIENDA
RENUEVA EL MECANISMO TRANSITORIO DE REINTEGRO PARCIAL DEL IMPUESTO ESPECÍFICO AL PETRÓLEO DIÉSEL PARA EMPRESAS DE TRANSPORTES DE CARGA
Teniendo presente que el H. Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente,
Proyecto de ley:
1. Sustitúyense en su inciso primero los guarismos «2015» y «2018» por «2019» y «2022», respectivamente.
2. Reemplázase su inciso cuarto por el siguiente:
«Para determinar el monto de los ingresos y establecer el porcentaje de recuperación a que se tiene derecho, el contribuyente deberá sumar a sus ingresos los ingresos obtenidos por sus relacionados, sea que realicen o no la misma actividad. La determinación de los relacionados y de los ingresos que se sumarán se realizará conforme a lo establecido en los párrafos 3° al 6° del número 3 del artículo 34 de la Ley sobre Impuesto a la Renta.».
Santiago, 24 de enero de 2019.- SEBASTIÁN PIÑERA ECHENIQUE, Presidente de la República.- Francisco Moreno Guzmán, Ministro de Hacienda (S).
Lo que transcribo a usted para su conocimiento.- Saluda Atte. a usted, Francisco Moreno Guzmán, Subsecretario de Hacienda.