Teniendo presente la contingencia sanitaria derivada del brote del
Coronavirus, lo dispuesto en las Actas 41-2020 y 42-2020 de la Excma.
Corte Suprema y las medidas adoptadas en sesión del Tribunal Pleno de
esta Corte en sesión de diecisiete de marzo del año en curso, particularmente en relación a la restricción de acceso de público se disponen las siguientes medidas específicas:
La Comisión anuncia medidas para uso de mecanismos a distancia en juntas de accionistas, de tenedores de bonos y asambleas de aportantes
El Coronavirus se ha transformado en la mayor amenaza y desafío a la salud pública a nivel mundial del último siglo, con casi 180.000 casos de contagios comprobados y más de 7.400 muertos, a nivel mundial.
Dentro de las medidas destaca una app que permitirá re imprimir la cédula de identidad con una selfie, además de extender su duración sin la necesidad de ir a una oficina.
Entre las medidas de mitigación de riesgos, la autoridad explicó que se promueve el teletrabajo y todas las opciones laborales que impliquen que los integrantes del Poder Judicial no acudan a sus tribunales, el reagendamiento de causas no urgentes, la participación en audiencias de personas privadas de libertad por medio de videoconferencia, la suspensión de los juramentos de abogados del mes de marzo, entre otros.
Primero: La Alerta Sanitaria declarada para todo el territorio de la República para enfrentar la amenaza a la salud pública producida por la propagación a nivel mundial por el brote del nuevo Coronavirus (2019-NCOV), en especial las Instrucciones y Medidas de Prevención y Reacción por casos de brote de COVID-19 adoptado por el Presidente de la República mediante documento N° 003, de 16 de marzo de 2020, y el Decreto N°4-2020, del Ministerio de Salud, por los que se estima indispensable obtener de otras instancias y entidades públicas la colaboración que las autoridades de salud puedan requerir para el cumplimiento de la función de resguardo a la salud pública.
En fallo unánime, la Segunda Sala del tribunal acogió la acción constitucional y ordenó al recurrido autorizar la participación en el proceso de ascenso del Ministerio Público al fiscal Álvaro Serrano Romo.
El Consejo del Colegio de Abogados de Chile, ante el avance del SARS-CoV-2 y la enfermedad pulmonar a la que se asocia, COVID-19, y las medidas que se han tomado en otros países y a las que se están adoptando en el nuestro, observa con preocupación que será evidente que muchos abogados se verán simplemente impedidos de asistir a audiencias en tribunales o a alegatos ante las Cortes, con lo cual se producirá indefensión de los justiciables.