Sabas Chahuán, acerca de la iniciativa que busca limitar la duración de la prisión preventiva en procesos judiciales:
Expertos penalistas se muestran a favor de la propuesta, aduciendo que si bien la Reforma Procesal Penal ayudó para acortar su duración, esto se ha ido revirtiendo.
«Sin conocer el proyecto, uno podría cuestionar la necesidad de una iniciativa que tienda a limitar a priori la duración de la prisión preventiva», dice el ex fiscal nacional Sabas Chahuán sobre el anuncio de Interior respecto de limitar su período de aplicación.
A su juicio, es «innecesario, porque el Código Procesal Penal tiene plazos claros de revisión obligatoria, si es que los intervinientes no le piden al tribunal que la revise». Ello ocurre -remarca- al cumplirse seis meses desde que se decreta la medida o si el imputado lleva ya en esa condición la mitad de la pena probable a aplicar.
También alejado del Ministerio Público, el ex fiscal de Alta Complejidad José Villalobos plantea una posición contraria: «Siempre debe primar el derecho constitucional a la libertad personal. Se deben fijar y acotar los plazos de la prisión preventiva».
Coincide en lo primero Eduardo Gallardo, vocero de la Asociación Nacional de Magistrados: «Se trata de una señal valiosa, pues una de las afectaciones más graves que puede haber en un proceso penal contra los derechos fundamentales de cualquier imputado, cualquiera sea el delito, consiste en la excesiva prolongación de la prisión preventiva sin juicio ni condena». Y advierte: «Lamentablemente, bajo los últimos gobiernos, incluido el actual, se ha insistido en promover reformas legislativas tendientes a endurecer la prisión preventiva y restringir las facultades de los jueces de garantía, generalmente como reacción ante casos puntuales y anecdóticos».
Para Juan Enrique Vargas, ex decano de Derecho de la U. Diego Portales, la idea general es buena: «Las prisiones preventivas con la Reforma Procesal Penal se acortaron significativamente, pero la cantidad de personas sometidas a una prisión preventiva ha ido en aumento, y lo más significativo es que se han alargado muchísimo».
Mauricio Duce, académico de UDP y presidente de Espacio Público, asegura: «Muchos elementos empíricos demuestran que hemos ido retrocediendo de manera significativa en las prisiones preventivas». Y añade: «Se han hecho cuatro o cinco reformas legales en los últimos años que han ido endureciendo este estándar y haciendo posible que se ocupe de manera más automática, sobre todo tratándose de delitos graves».
María Elena Santibáñez, profesora de la U. Católica, apoya restringir el uso de prisiones preventivas y recuerda que «el proyecto inicial del Código Procesal Penal tenía un máximo de 18 meses de plazo, y también se establecían revisiones cada dos meses», lo cual se eliminó en su tramitación.
Artículo 140 del Código Procesal Penal regula la prisión preventiva.
Fuente: El Mercurio, viernes 29 de septiembre de 2017