Articulos / Noticias

Extranjeros: 1.750 personas fueron expulsadas de Chile tras ser condenadas

[ssba]
2 de febrero 2019

Durante 2018, el proceso de expulsión más frecuente fue por vía judicial. Además, en total, en 2018, hubo 2.054 deportaciones, un 47 % más que en 2017.

Por el robo de un celular, el Cuarto Tribunal Oral en Lo Penal de Santiago condenó a José Ferney Umaña Gonzales, ciudadano colombiano, el lunes 28 de enero, quien por orden de la justicia deberá abandonar el territorio nacional y volver a su país de origen. Su caso es el primero de este año, y se enmarca dentro de una pena sustitutiva, pues los magistrados reemplazaron su pena de 3 años de presidio por la deportación.Su situación se asimila a lo que vivieron en 2018, 1.750 ciudadanos extranjeros con residencia en Chile, quienes fueron expulsados tras ser condenados por tribunales de justicia. Tras la sentencia, el Ministerio del Interior ejecutó la orden apegado a la legislación vigente.

Las cifras de la Subsecretaría del Interior dan cuenta, además, de que la mayoría -casi un 90%- de los expulsados fueron ciudadanos bolivianos. Los siguieron los peruanos (258) y colombianos (207).

El proceso de expulsión vía judicial es el que prima al momento de decretar la salida del país de los extranjeros. Esta se aplica al que fue condenado por un delito, y en lugar de pagar su pena en Chile, se le aplica el castigo de la deportación. La otra vía de deportación es por vía administrativa, es decir, por el incumplimiento de alguna de las normativas migratorias, aunque tiene una menor presencia en el total.

Según las cifras de Interior, el año pasado se materializaron 2.054 deportaciones, de ellas 1.750 fueron por orden judicial y 304 por vía administrativa. Estos números superan a las de 2017 en un 47 %, pues ese año se decretaron 1.398 expulsiones en total.

El vocero de la Corte Suprema, Lamberto Cisternas, explicó este proceso, el cual tiene condiciones. “La expulsión de las personas condenadas es una manera alternativa de cumplir la pena. Existen varias maneras, como la remisión condicional, la reclusión parcial, libertad vigilada, y la expulsión, contemplado en el Artículo 34 de la legislación vigente, y esto último se le aplica a un extranjero, quien una vez que sale no puede volver a Chile dentro de 10 años, siempre que la pena que se le haya aplicado sea igual o inferior a los cinco años”, indicó el magistrado.

Sin embargo, la pena de la expulsión no solo está sujeta a que la sanción no supere lo cinco años de presidio, sino que también está sujeto a su residencia en Chile, la familia y otras consideraciones que son expuestas en el proceso penal.

“Se considera todo. Si la persona es residente, perdió la residencia, si la persona tiene familia, su contexto, el tipo de delito. Hay una audiencia para poder debatir este asunto y ahí se van poniendo todos los elementos sobre la mesa y el juez decide si da lugar o no a esta medida sustitutiva”, dijo el ministro Cisternas.

En tanto, desde la Subsecretaría del Interior no se pudo obtener una versión.

Los delitos

Los ilícitos asociados a las expulsiones, generalmente, no involucran grandes crímenes. De acuerdo a la información de la Subsecretaría del Interior, los condenados por delitos asociados a la Ley de Drogas son los que más expulsiones registran: el 91% de los deportados fue sentenciado por microtráfico o tráfico.

Sin embargo, según explicó el expresidente del Consejo Consultivo de Migraciones Luis Eduardo Thayer, no siempre se aplica la expulsión como una medida alternativa al cumplimiento de la pena en Chile.

“Hay un problema acá que no es muy conocido y debe considerarse: se da también que hay personas que cumplen su condena y luego de cumplirlas los expulsan, entonces los están exponiendo a dos condenas, y esto, en el caso de los chilenos, no pasa, generándose una manera de discriminación”, dijo Thayer.

El sociólogo además propuso que en la nueva Ley de Migraciones (actualmente en el Senado) debiera consignarse esa diferenciación para que no exista una doble condena.

Sharing is caring!

Fuente: latercera.cl