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Juan Enrique Vargas, nuevo director de la Academia Judicial: “Para optar a la libertad condicional, la persona debe asumir lo que ha hecho”

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4 de febrero 2019

El nuevo responsable de la institución que forma a los jueces del país entregó los lineamientos de su gestión: mejorar la designación de magistrados y fijar los criterios para optar a ese beneficio penal.

El abogado Juan Enrique Vargas fue nombrado el 30 de octubre como el nuevo director de la Academia Judicial para el período 2019-2022, en reemplazo de Eduardo Aldunate, quien ocupó el cargo por dos períodos seguidos. En su primera entrevista al mando de la institución que forma a los jueces en Chile, el exdecano de la Facultad de Derecho de la Universidad Diego Portales entregó su postura sobre temas que han marcado la agenda en materia judicial, entre ellos el controvertido fallo de la Corte Suprema que dejó en libertad a reos de Punta Peuco y la decisión del Poder Judicial francés que desestimó la extradición de Ricardo Palma.

¿Cuáles debieran ser los criterios al discutirse la libertad condicional de reos condenados por crímenes contra los derechos humanos? ¿Tiene que primar uno distinto del de los delitos comunes?

Urge definir cuáles son las reglas que deben aplicarse. Cuando esas reglas no están determinadas, son los jueces los llamados a tomar esas definiciones. Pero lo que uno espera es que el legislador, que es la voluntad democráticamente representada, fije eso. Recién ahora, después de que se produjo todo el problema de la acusación constitucional, se ha logrado avanzar en definir esas reglas. Dicho eso, lo importante, más que el arrepentimiento, es la rehabilitación. Es un pronóstico de si la persona va a adaptarse y someter su conducta al derecho.

Si la persona no se reconoce arrepentida, ¿cuál es la probabilidad de que pueda ser reinsertada?

Es muy difícil, por eso es importante… Es como la rehabilitación para alguien que es adicto a las drogas. Comienza porque se asuma que es drogadicto. Si no lo asume, lo más probable es que jamás se rehabilite. No es muy distinta la situación.

¿Esto significa que los condenados por lesa humanidad que no se mostraron arrepentidos no debieron beneficiarse con la libertad condicional?

No conozco el caso concreto. Una cosa es si se les pidió que hicieran una declaración especial o no, y no la hicieron, o simplemente no se les preguntó. Pero es indudable que para optar a la libertad condicional la persona debe asumir lo que ha hecho. No estoy pensando en este tipo de delitos en particular. Cualquier persona que comete un ilícito, para rehabilitarse tiene que asumir lo que ha hecho y estar dispuesta a no seguir cometiendo ese mismo tipo de conducta en el futuro.

El ministro de Justicia, Hernán Larraín, dijo en 2018 que la mayoría de los jueces son de izquierda y señaló que quieren cambiar el mecanismo de la designación de jueces. ¿Qué le parece?

Dos cosas. Uno es que la Academia Judicial interviene en el proceso de designación de los jueces, pero en la etapa anterior, cuando se define el universo de las personas que pueden llegar a ser jueces, los seleccionamos. Postulan entre 300 y 500 personas a cada curso y nosotros seleccionamos un máximo de 24. Nuestro sistema de definición de este universo garantiza no solo neutralidad desde el punto de vista político, sino también idoneidad.

Sin embargo, lo que sucede después es que (…) el mismo Poder Judicial es el que selecciona a los candidatos. La crítica que se hace a ese sistema es que premia demasiado la antigüedad, y que la información que tienen los ministros para tomar la decisión no es suficientemente completa para comparar de manera objetiva a los candidatos. En cualquier caso, el tema es que la decisión final la toma la autoridad política. Entiendo que las palabras del ministro estaban referidas a esa frase y, sobre todo, a la idea de que no siempre se cuenta con la información pertinente para tomar la decisión.

Entre los argumentos de Francia para no extraditar a Ricardo Palma se toma en cuenta lo planteado por su defensa sobre “actos de enjuiciamiento constituidos por confesiones obtenidas bajo tortura”. Incluso, en sus fundamentos, los jueces advierten sobre “los riesgos que todavía hoy enfrentaría si regresara a Chile”. ¿La justicia chilena asegura el debido proceso?

El sistema judicial chileno cumple sobradamente los estándares más exigentes que se pueden dar en materia de respeto de los derechos fundamentales y, además, de eficiencia, transparencia, derecho a defensa y debido proceso. Creo que debemos estar orgullosos de él.

Esto no quiere decir que no haya problemas operativos o se adopten decisiones que no nos gustan, pero críticas realizadas con esos presupuestos creo que no corresponden a un sistema que se ha modernizado sobre la base de jueces que han dado pruebas, además, de su independencia en el momento de juzgar. Me parece que no corresponde ese diagnóstico con la realidad que hace mucho tiempo tenemos en el sistema de justicia.

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Fuente: latercera.cl