MINISTERIO DE BIENES NACIONALES LEY NÚM. 21.123 MODIFICA EL CÓDIGO PENAL Y TIPIFICA COMO FALTA EL ENSUCIAR, ARROJAR O ABANDONAR BASURA, MATERIALES O DESECHOS DE CUALQUIER ÍNDOLE EN PLAYAS, RIBERAS DE RÍOS O DE LAGOS, PARQUES NACIONALES, RESERVAS NACIONALES, MONUMENTOS NATURALES O EN OTRAS ÁREAS DE CONSERVACIÓN DE LA BIODIVERSIDAD DECLARADAS BAJO PROTECCIÓN OFICIAL Teniendo […]
MINISTERIO DE BIENES NACIONALES
MODIFICA EL CÓDIGO PENAL Y TIPIFICA COMO FALTA EL ENSUCIAR, ARROJAR O ABANDONAR BASURA, MATERIALES O DESECHOS DE CUALQUIER ÍNDOLE EN PLAYAS, RIBERAS DE RÍOS O DE LAGOS, PARQUES NACIONALES, RESERVAS NACIONALES, MONUMENTOS NATURALES O EN OTRAS ÁREAS DE CONSERVACIÓN DE LA BIODIVERSIDAD DECLARADAS BAJO PROTECCIÓN OFICIAL
Teniendo presente que el H. Congreso Nacional ha dado su aprobación al proyecto de ley originado en moción del Honorable senador señor Juan Antonio Coloma Correa, y de los exsenadores señores Antonio Horvath Kiss, Carlos Larraín Peña, Jovino Novoa Vásquez y Baldo Prokurica Prokurica,
Proyecto de ley:
«3°. El que ensuciare, arrojare o abandonare basura, materiales o desechos de cualquier índole en playas, riberas de ríos o de lagos, parques nacionales, reservas nacionales, monumentos naturales o en otras áreas de conservación de la biodiversidad declaradas bajo protección oficial.».».
Santiago, 27 de noviembre de 2018.- SEBASTIÁN PIÑERA ECHENIQUE, Presidente de la República.- Felipe Ward Edwards, Ministro de Bienes Nacionales.- Hernán Larraín Fernández, Ministro de Justicia y Derechos Humanos.- Carolina Schmidt Zaldívar, Ministra del Medio Ambiente.
Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud., Alejandra Bravo Hidalgo, Subsecretaria de Bienes Nacionales.