REFORMA CONSTITUCIONAL QUE FACULTA AL SERVICIO ELECTORAL A DICTAR LAS NORMAS E INSTRUCCIONES NECESARIAS PARA EL DESARROLLO DEL PLEBISCITO NACIONAL DISPUESTO EN EL ARTÍCULO 130 DE LA CONSTITUCIÓN Y OTROS PROCESOS ELECTORALES EN LOS TÉRMINOS QUE SE INDICAN
Fuente: Diario Oficial