PROHÍBE LA FABRICACIÓN, COMERCIALIZACIÓN, ADQUISICIÓN, EXPORTACIÓN, UTILIZACIÓN, TENENCIA Y PORTE DE DISPOSITIVOS ELECTRÓNICOS APTOS PARA INTERCEPTAR, INTERFERIR O INTERRUMPIR CUALQUIER TIPO DE SEÑAL QUE SE EMITA A TRAVÉS DE UN SERVICIO DE TELECOMUNICACIONES, Y ESTABLECE SANCIONES EN CASO DE INCUMPLIMIENTO