Articulos / Noticias

Recomiendan a jueces no exponer posturas en redes sociales que puedan infringir deberes del cargo

[ssba]
4 de diciembre 2017

Comisión Iberoamericana de Ética Judicial:
Documento no prohíbe el uso de las plataformas, pero advierte sobre sus riesgos y sugiere algunas directrices para utilizarlas con prudencia.

El juez del Tribunal Oral en lo Penal de Temuco, José Ignacio Rau Atria, se refirió en su cuenta de Facebook a un operativo policial ocurrido el 14 de junio pasado, en una comunidad mapuche. «Impresentable… Un abuso de poder sin precedentes», escribió.

Actualmente, en diversos países, existen magistrados que usan Facebook y Twitter para realizar comentarios sobre temas de actualidad. Entre los ministros de las 17 cortes de Apelaciones del país es menos frecuente, pero sí se utiliza. Los integrantes de la Corte Suprema, en tanto, prefieren no hacerlo.

La manera en que los jueces deben utilizar estas plataformas fue un tema que planteó en 2015 el Poder Judicial de Costa Rica a la Comisión Iberoamericana de Ética Judicial (CE).

A raíz de esta consulta se definieron parámetros para el uso de las redes sociales por parte de los magistrados y su personal de apoyo, en el marco del debate sobre la cautela de derechos fundamentales como la libertad de información y expresión, y por otro, los deberes del cargo, como la independencia, imparcialidad y el secreto profesional.

Al respecto, durante un encuentro realizado en Santiago entre el 30 de noviembre y 1 de diciembre de 2015, se aprobó un documento para todos los países que forman parte de la comisión.

Hace un par de semanas, el presidente de la Asociación Nacional de Magistrados de Chile, Álvaro Flores, decidió compartir esta información al gremio.

En la actualidad en el Poder Judicial no existe ningún instructivo interno al respecto.

Recomendaciones

La comisión no prohíbe el uso de las redes sociales, pero sí realiza una serie de observaciones.

«Sería errado concluir que los jueces pueden emplear indiscriminadamente esas redes. Al igual que un micrófono, el papel y la pluma o una sala de audiencia, las redes son una herramienta y, a la vez, un foro de comunicación», dice el documento.

Por lo mismo, se sugiere «prever sus consecuencias, observando el cuidado debido para no incurrir en violación de sus deberes».

La comisión también aborda los deberes que se pueden ver comprometidos, como la independencia. «Esto significa que no puede embanderarse en posturas políticas partidarias ni, en general, exteriorizar posiciones que lo muestren susceptible de verse influido por grupos o personas por fuera de la objetiva fuerza de convicción que encuentre en las argumentaciones vertidas en un debate judicial», indica el artículo 4 del texto.

También se recomienda no formular en las redes «manifestaciones unilaterales ni participar en intercambios proselitistas o que anuncien posturas o muestren quiénes o cómo podrían influir en su ánimo».

A los jueces les recuerdan que a la hora de expresarse en las plataformas deben considerar que «no conocen a la potencial audiencia», y que «el solo hecho de participar como simple oyente en una red puede ser interpretado como una adhesión a los contenidos que sean intercambiados en ella».

La comisión concluye que sus comentarios se deben ajustar a los deberes previstos en el artículo 43 que señala que el «juez tiene el deber de promover en la sociedad una actitud, racionalmente fundada, de respeto y confianza hacia la administración de justicia».

También, se añade, se debe considerar el artículo 54, que sostiene que el magistrado «íntegro no debe comportarse de una manera que un observador razonable considere gravemente atentatoria contra los valores y sentimientos predominantes en la sociedad en la que presta su función».

De todos modos, concluyen que el uso de las redes sociales «de manera adecuada es muy útil para la difusión de propósitos institucionales y personales legítimos», y que el desafío es moverse de manera adecuada en este nuevo escenario tecnológico.

Observaciones
El texto dice que con Facebook se «pierde el control sobre el ámbito de comunicación» y que Twitter es útil para entregar información institucional.

«Pertenecemos a una especie de sacerdocio que demanda la adopción de votos de abstinencia, en este caso, de emitir opiniones que desvirtúen el contenido de sus decisiones».
CARLOS ARÁNGUIZ
Ministro de la Corte Suprema

«No soy partidario de prohibir el uso, pero tienen que actuar con la debida prudencia. Los jueces deben tratar de respetar al máximo las recomendaciones de la comisión».
LAMBERTO CISTERNAS
Ministro de la Corte Suprema

Conclusiones Recomendaciones

Los jueces tienen los derechos, que pueden ser restringidos en resguardo de la función jurisdiccional.

Las redes sociales no están expresamente contempladas por la comisión, ni puede entenderse que están en sí mismas prohibidas. Sin embargo, al ser un instrumento de comunicación que permite transmitir contenidos, no deben estos vulnerar los principios consagrados en la instancia.

El juez que se incorpora a una red social no solamente debe evitar manifestaciones que importen incumplimiento de los deberes previstos en la comisión, sino que también debe evaluar la posibilidad de que sus manifestaciones queden fuera de su capacidad de disposición y sean manipuladas.

El juez debe evaluar el significado que tiene admitir o no admitir a una persona a su universo de contactos en el marco de una red social, restringiendo de manera absoluta cualquier comunicación con aquellas personas que, como partes, abogados y otros profesionales de la justicia, litiguen en un asunto del que en ese momento esté conociendo.

en caso de abrir perfiles en redes sociales, evaluar las potenciales consecuencias de identificarse como juez.

Evitar cualquier contenido que no pueda ser expuesto públicamente.

Deben hacer uso de medidas de seguridad informática de alta seguridad.

Tomar en cuenta que cualquier actuación, imagen o manifestación puede ser documentada y hacerse de conocimiento público por medio de las redes sociales.

Sharing is caring!

Fuente: El Mercurio, lunes 04 de diciembre de 2017