Clínica Alemana de Osorno es el primer prestador en exceptuarse temporalmente de cumplir la Ley de Aborto:
Protocolo de objeción de conciencia publicado por el Ministerio de Salud fue cuestionado en un recurso de protección interpuesto por el recinto privado.
La Clínica Alemana de Osorno es uno de los dos recintos de salud de alta complejidad acreditados en la provincia. Más del 90% de quienes trabajan en el área obstétrica han presentado objeción de conciencia a nivel personal.
La Clínica Alemana de Osorno se transformó en la primera institución de salud privada en paralizar la opción de hacer abortos en sus instalaciones.
Esto ocurrió luego de que el lunes la Corte de Apelaciones acogiera a trámite el recurso de protección interpuesto por dicho centro asistencial en contra del Ministerio de Salud (Minsal), por considerar que vulnera sus derechos fundamentales en el protocolo de objeción de conciencia de la Ley de Aborto en Tres Causales.
Dos días después, el miércoles de esta semana, el tribunal de alzada acogió la orden de no innovar incluida en el recurso, con lo que la Clínica Alemana de Osorno quedó exceptuada de cumplir con la norma, hasta que se resuelva el fondo de su acción judicial.
Se trata de la segunda institución que recurre a una medida de este tipo, luego de que el 8 de febrero la Universidad Católica (UC) iniciara un procedimiento judicial contra el Minsal. En ese caso, la orden de no innovar fue denegada.
«Presentamos un recurso de protección en términos similares a los de la UC, solicitando una orden de no innovar, con la cual pedimos que se suspenda (el protocolo en la clínica) mientras no se decida el recurso», explica René Fuchslocher, abogado y director del recinto médico.
Los argumentos
Detrás de la acción judicial se encuentra el hecho de que la clínica fue impulsada por la Iglesia Evangélica Luterana de Osorno, por lo que sus lineamientos «están estrechamente ligados a los valores cristianos, los cuales se contraponen enérgicamente a la idea del aborto».
A esto se suma el convenio que mantienen la institución y el Minsal: un contrato con el Hospital Base San José de Osorno por el uso de ciertos pabellones de la clínica para prestaciones del hospital, entre las que se encuentran las ginecológicas y obstétricas.
Este es el fondo de la reclamación del prestador osornino, ya que el protocolo impide declararse como objetor de conciencia institucional a los centros privados que tengan convenios con el Ministerio de Salud y que contemplen prestaciones de obstetricia y ginecología, lo que consideran que atenta contra sus derechos. Se trata, además, del mismo fundamento que invocó la UC.
Desde el Minsal afirmaron que una vez que sean notificados del recurso, informarán a la Corte con «los antecedentes de hecho y de derecho que correspondan a la acción que se presenta, así como realizar las alegaciones que procedan en este tipo de recursos».
Respecto del convenio, sostuvieron que en el contrato que tiene la institución privada con el hospital se deben considerar, entre otras cosas, «su naturaleza, vigencia, tipo de prestaciones contratadas y nivel de atención, conforme a los antecedentes que informe y presente ese establecimiento, así como aquellos que presente el Servicio de Salud o el Hospital Base de Osorno», lo que, a su juicio, es relevante para determinar la procedencia o no de la acción.
Actualmente, en la provincia de Osorno existen dos instituciones de salud de alta complejidad acreditadas: el Hospital Base y la Clínica Alemana. Fuchslocher advierte que dentro de sus usuarios «hay muchos pacientes del sector público; entonces, si por alguna forma a nosotros nos vetaran el poder seguir atendiendo a estos pacientes, se generaría un problema no solo para la clínica, sino que también para la comunidad».
La acción
Hasta el momento, solo la clínica y la U. Católica han interpuesto recursos de protección contra el Minsal. El recurso inicial que interpuso la U. Católica
La Universidad Católica fue la primera institución en judicializar la materia al interponer un recurso de protección contra el Ministerio de Salud (Minsal), el 8 de febrero. Allí se planteó que el protocolo de objeción de conciencia era «ilegal y arbitrario».
La institución, actualmente, mantiene un convenio con el Minsal por los centros de atención primaria Áncora, por lo que, según su acción, se verían impedidos de invocar la objeción de conciencia.
Esto, porque el protocolo establece que los centros de salud públicos y los privados que mantengan convenios con el Minsal y realicen prestaciones de obstetricia y ginecología no podrán hacer uso de la herramienta.
Aunque el recurso fue acogido a tramitación por la Corte de Apelaciones de Santiago, la orden de no innovar se rechazó. Como representante del Minsal en el trámite judicial, el Consejo de Defensa del Estado asumió el rol, mientras que lo último sucedido en dicha tramitación fue el rechazo de la Corte a la solicitud de la Red UC Christus para hacerse parte de la acción.
Fuente: El Mercurio, viernes 02 de marzo de 2018