Articulos / Noticias

Increíble: Corte Suprema ordena rescatar a los mineros de Cerro Bayo nueve meses después del accidente

[ssba]
9 de marzo 2018

El 27 de junio del año pasado Sernageomin y la Minera Cerro Bayo dieron por concluida las labores de búsqueda de los mineros Jorge Sánchez y Enrique Ojeda, que 18 días antes habían quedado atrapados a 200 metros de profundidad, luego que el túnel en que trabajaban se inundara. A partir de ahí la familia inició una batalla legal para que continuarán con la búsqueda. Nueve meses después, la justicia falla en su favor.

En la madrugada del viernes 9 de junio de 2017, los mineros Jorge Sánchez (26) y Enrique Ojeda (34) quedaron atrapados en el yacimiento Delia II de la minera Cerro Bayo -operada por la compañía canadiense Mandalay Resources–, en la comuna de Chile Chico, región de Aysén.

Esa mañana, la fisura en una losa de 40 metros de espesor hizo que un caudal de agua y barro proveniente de la Laguna Verde, que se encuentra contigua a la mina, ingresara a los túneles con violencia y la inundara casi por completo, dejando atrapados a los operarios, cuando manipulaban maquinaria pesada en su interior.

Los dos hombres se encontraban trabajando en el nivel 55, el más profundo de la mina y a unos 20 metros de un refugio donde hay provisiones para 15 personas por 18 días.

Justamente, a los 18 días después del accidente, los ejecutivos de la empresa dieron por muertos a los trabajadores ante la imposibilidad de ser rescatados.

A partir de ese momento comenzó una lucha de los familiares para que Sernageomín, la empresa y la Intendencia de la Undécima Región mantuvieran la búsqueda.

La larga burocracia judicial llegó a la Suprema, que este 7 de marzo sacó su resolución, en la que ordena a las tres instituciones agotar los medios disponibles para rescatar a los mineros. Lo insólito es que esta resolución llega nueves meses después del accidente.

La madre de uno de los trabajadores accidentados, Guadalupe Martínez, conversó con El Mostrador y criticó «lo tarde» que llegó la resolución, recalcando que ya son «nueve meses de sufrimiento», que la situación «es terrible» y que es imperativo que «se haga justicia, que los busquen, aunque ya no se van a encontrar».

La resolución señala textualmente que  «de conformidad con lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República, se revoca la sentencia apelada de fecha dieciséis de septiembre de dos mil diecisiete y en su lugar se declara que se acoge la acción constitucional deducida en lo principal del folio 1765-2017 de la carpeta electrónica de primera instancia, disponiéndose que los recurridos deberán continuar con las labores de búsqueda de Jorge Sánchez Martínez y Enrique Ojeda González hasta agotar los medios disponibles».

Cristóbal Osorio Vargas, abogado y profesor del Magister de la Facultad de Derecho de la Universidad de Chile sostiene, que pese a lo tardío de la resolución, el fallo «confirma que, en las actividades reguladas como la minería, los riesgos no pueden ser asumidos por los trabajadores, sino que, por el contrario, estos deben ser asumidos por las empresas reguladas, y sobre todo por el Estado, a través de sus deberes generales de orden preventivo (fiscalización y sanciones), y de respuesta en el caso de las emergencias»

En este sentido, agrega que «casos como la Mina San José y la Mina Cerro Bayo, muestran que el Estado tiene mucho que avanzar en la supervisión de sectores regulados. Lo interesante, es que la Corte asume un deber de protección de la autoridad política – Intendente- y administrativa, debiendo ambas autoridades coordinarse en la asistencia y protección pública».

Sharing is caring!

Fuente: elmostrador.cl