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TC: No hay discriminación arbitraria en visas de turismo para los haitianos

[ssba]
8 de junio 2018

Rechazaron requerimiento de diputados de oposición por decreto migratorio del Gobierno.
Los siete ministros de mayoría estiman que la regulación está debidamente fundada, pues el principio de juridicidad no está vulnerado. Los dos disidentes dicen que se transgrede la igualdad ante la ley.
Luego de que se conociera la resolución del tribunal, el subsecretario del Interior, Rodrigo Ubilla, se reunió con ciudadanos haitianos en La Moneda. «El fallo es contundente en favor de la constitucionalidad del Decreto Supremo, que regula con visa consular el turismo desde Haití hacia Chile», dijo la autoridad.

El Tribunal Constitucional (TC) rechazó ayer el requerimiento de inconstitucionalidad presentado por parte de diputados de la oposición -de la ex Nueva Mayoría y del Frente Amplio- con el que se buscaba impugnar el decreto del Gobierno que establece como requisito para ingresar a Chile visas de turismo para los ciudadanos haitianos.

La decisión fue adoptada por siete votos contra dos.

Los siete magistrados de mayoría: Iván Aróstica (presidente), Marisol Peña, María Luisa Brahm, Domingo Hernández, Cristián Letelier, Juan José Romero y José Ignacio Vásquez estimaron que no hay discriminación arbitraria a los haitianos en el Decreto Supremo Nº 776, de 9 de abril de 2018, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública.

Este decreto, publicado en el Diario Oficial el 17 de abril de 2018, sostiene lo siguiente: «Dispóngase, como requisito para el ingreso del país con fines de recreo, deportivos, religiosos u otros similares, la obtención de visto consular de turismo simple con derecho a ingreso y permanencia en Chile en tal calidad, por el período legal que corresponda, a todo ciudadano haitiano que desee ingresar al país, sin propósito de inmigración, residencia o desarrollo de actividades remuneradas».

Argumentan que no existe una vulneración al artículo 19 N° 2 de la Constitución que se refiere a la igualdad ante la ley, como sostenía el abogado que interpuso el requerimiento a nombre de los congresistas, Patricio Zapata.

Tampoco, sostienen los magistrados, se transgrede el artículo N° 7 de la Carta Fundamental que establece el principio de juridicidad que resguarda, entre otras cosas, la racionalidad de las decisiones de los órganos del Estado.

El TC afirma que la regulación está debidamente fundada, que el principio de juridicidad no se ha visto vulnerado, como tampoco la legalidad administrativa.

La mayoría estima que, según lo señalado por la propia Contraloría General de la República, el decreto «goza de legalidad» porque tiene los fundamentos y motivaciones suficientes. Este, además, se dictó «por la autoridad correspondiente, dentro de la competencia y cumpliendo con las formalidades que prescribe la Constitución, y de acuerdo a una ley».

Minoría dice que hay discriminación

El voto de minoría es de los ministros Gonzalo García y Nelson Pozo, que estuvieron por acoger el requerimiento. Ambos concuerdan en que existe una discriminación arbitraria, porque el decreto migratorio está dirigido solo para los ciudadanos haitianos por sobre otras nacionalidades. Ello, porque los singulariza imponiéndoles la existencia de visa consular para su ingreso a Chile.

En otros puntos tienen divergencias. El magistrado García planteó, además, que hay un tema con los inmigrantes en el que hay que considerar la igualdad ante la ley. Sus preguntas, en los alegatos realizados ayer, apuntaban a que hubo una norma similar con los dominicanos y que no funcionó porque el flujo aumentó nuevamente.

Mientras que el ministro Pozo, durante el debate, dijo que los haitianos tienen derecho a que el Estado los acoja y que hay deberes del Estado, y que «no podemos entender el asunto como un mero derecho, sino un deber del Estado por la dignidad humana».

Fundamentos del Ejecutivo

Entre los fundamentos con los que el Ejecutivo justificó la medida administrativa que adoptó están dotar al país de una migración ordenada, segura y regular; que el aumento sostenido de ciudadanos de origen haitiano que ingresan al país con fines declarados de turismo, pero permanecen en Chile en situación irregular, es una realidad insoslayable; que existe preocupación de que al estar más tiempo del previsto como turistas sean objeto de redes de tráfico de personas por su situación irregular, y que con el decreto se busca la protección al migrante.

ACUERDO
La sentencia se dará a conocer en los próximos 30 días, ya que está en acuerdo.

»Gran paso para seguir ordenando nuestra casa con una migración legal, ordenada y segura». SEBASTIÁN PIÑERA Presidente de la República

»Esperamos que el grupo de parlamentarios de la oposición que presentaron este requerimiento nos permita ahora continuar sin obstáculos la política migratoria del Gobierno». ANDRÉS CHADWICK Ministro del Interior

»Nos parece un fallo predecible, dada la composición actual del TC con una mayoría clara favorable a este gobierno. Lo mismo vimos en el Sernac, la reforma laboral y la objeción de conciencia». MATÍAS WALKER Diputado y jefe de bancada DC

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Fuente: El Mercurio, viernes 08 de junio de 2018