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Dolmestch ahora rechaza libertad condicional a condenado investigado en otras causas

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16 de agosto 2018

Caso de violaciones a los derechos humanos:
Se sumó a la postura de su par Manuel Antonio Valderrama, el que antes había sido el único en rechazar amparo por este mismo motivo.

En medio de la polémica que han generado los fallos de la Sala Penal de la Corte Suprema en los que se concedió la libertad condicional -vía recursos de amparo- a seis condenados por delitos de torturas, secuestro calificado y homicidio en diversas causas de violaciones de los derechos humanos, el lunes de esta semana el presidente de la instancia, Hugo Dolmestch, votó en contra de darle este beneficio a otro sentenciado.

El magistrado rechazó un recurso de amparo presentado por la defensa del ex agente de la Central Nacional de Inteligencia (CNI) y suboficial mayor (r) del Ejército, Erasmo Vega Sobarzo, pese a que cumplía con los requisitos legales para acceder a la libertad condicional a la hora de postular en abril pasado, de acuerdo a los informes que se revisaron en la sala.

En lo que en algunos sectores del mundo jurídico fue leído como un cambio de criterio respecto de casos anteriores, el presidente de la Sala Penal consideró por primera vez que el amparado «es objeto de un juzgamiento penal en curso por diversos ilícitos de la misma naturaleza -en donde ha sido condenado a pena privativa de libertad-, circunstancia que impide concederle actualmente la libertad condicional, por lo que su situación procesal penal no ha sido dilucidada de manera definitiva», como se lee en la resolución.

De esta manera se confirmó la decisión de la Comisión de Libertad Condicional, que sesionó en abril, la que había denegado los beneficios porque, a su juicio, no se acreditó en los informes psicosociales de Gendarmería que estén rehabilitados.

Dolmestch se sumó a la postura del ministro Manuel Antonio Valderrama, quien fue voto de minoría en un fallo de fines de julio. En esa resolución, se opuso a la libertad condicional del suboficial mayor (r) José Quintanilla Fernández, condenado a cinco años y un día por la detención y torturas de Nica Báez y la desaparición de su esposo, el estudiante universitario y militante del MIR Alonso Lazo, ocurridas en noviembre de 1973, en Copiapó.

Los votos de mayoría por acoger el amparo y dar la libertad condicional, en esa oportunidad, fueron de Dolmestch, Carlos Künsemüller, y los abogados integrantes Ricardo Abuauad y Antonio Barra.

Valderrama, en cambio, argumentó su voto de minoría en que el sentenciado tenía otra investigación en curso por violación a los derechos humanos, lo que, a su juicio, «es procesalmente incompatible» con la obtención de la libertad vigilada. El ex agente de la CNI, al que se le rechazó el amparo este lunes, también estaba condenado por este mismo caso y tenía una sentencia por 5 años y un día por el homicidio calificado de Enzo Muñoz Arévalo, militante del PC.

En este último fallo, la Sala Penal estaba integrada por Dolmestch, Valderrama, los ministros suplentes Julio Miranda y Juan Muñoz, además de la abogada integrante María Cristina Gajardo.

13 de agosto
En la resolución del lunes se argumenta que la situación procesal penal del amparado «no ha sido dilucidada de manera definitiva».

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Fuente: El Mercurio, jueves 16 de agosto de 2018