4. 5 Y 6 DE JUNIO DE 2019
RENOVACIÓN CONSEJEROS PERÍODO 2019-2023
DÍAS DE VOTACIÓN:
- Martes 4, miércoles 5 y jueves 6 de junio de 2019
HORARIO VOTACIÓN:
- Votación Manual de 13:00 a 18:00 Horas sede Colegio de Abogados
- Votación Electrónica: Horario continuado desde las 13:00 horas del 1º día de votación hasta las 18:00 horas del último día.
- Plazo máximo para inscribirse y tener derecho a voto; Viernes 3 de mayo de 2019 (inscritos hasta 30 días antes de las elecciones) AHÍ SE CIERRA EL REGISTRO DE VOTANTES.
- Plazo máximo para presentar las listas vence el viernes 3 de mayo de 2019 (30 DÍAS ANTES DE LAS ELECCIONES)
ARTICULO 23º: Para ser elegido o designado Consejero se requiere:
- a)Ser chileno,
- b)Ser abogado,
- c)Haber ingresado al Colegio a lo menos un año antes de la elección o designación,
- d)No haber sido objeto de medida disciplinaria de suspensión, dentro de los dos años anteriores a la elección o designación, y
- e)Encontrarse al día en el cumplimiento de sus obligaciones pecuniarias con el Colegio. Asimismo, además de los requisitos que se enumeran, se considerarán los que el D.L. 2.757 establece en su Artículo 10.
ARTICULO 24º: Los Consejeros serán elegidos en votación directa y secreta por los colegiados inscritos en el Registro de la Orden que se encuentren al día en el pago de sus cuotas gremiales y que se hubieren incorporado al Colegio con una antigüedad de a lo menos 30 días a la fecha en que se inicie el período de votación respectivo.
- Cada asociado dispondrá de un número equivalente de votos al número máximo de cargos de Consejero por proveer.
- Los votos no serán acumulativos y consecuencialmente cada asociado no podrá votar más de una vez por un mismo candidato, sin perjuicio de que pueda votar por distintos candidatos hasta un número igual al de cargos que deben elegirse.
- Tanto las listas de varios candidatos como las postulaciones de candidatos deberán contar con el patrocinio previo, escrito y expreso de un número no inferior a 50 asociados que a la fecha de inscripción de la lista reúnan los requisitos necesarios para tomar parte en la elección.
- Las listas deberán, además, contener una declaración expresa de todos los candidatos que en ella figuren, en el sentido que aceptan ser candidatos en la respectiva lista, sin lo cual no serán admitidas a inscripción.
- No se admitirán retiros ni retractaciones de patrocinio ni de aceptación después de estar inscrita la respectiva lista. Si la lista contare con un número de patrocinantes inferior a 50 no serán admitidas a inscripción.
- Si en los patrocinantes figuraren personas que no reunieran los requisitos reglamentarios para serlo, sus nombres serán eliminados de la lista de patrocinantes, y si debido a ello la lista respectiva quedare en definitiva con un número de patrocinantes calificados inferior a 50, no será admitida a inscripción.
- Ningún asociado podrá patrocinar dos o más listas a la vez. Si así ocurriere, el nombre del patrocinante múltiple será eliminado de todas las listas que apareciere patrocinando y se aplicará lo prevenido en el inciso anterior.
- Consejeros electos el año 2015, y que terminan su período en junio del Año 2019:
- María Magdalena Atria Barros
2.- Jorge Bofill Genzsch
3.- Carmen Domínguez Hidalgo
4.- Julián López Masle
5.- Nicolás Luco Illanes
6.- Luis Ortíz Quiroga
7.- Juan Eduardo Palma Cruzat
8.- Julio Pellegrini Vial
9.- Pedro Pablo Vergara Varas
Reglamento
Aceptación para llenar
Decreto Ley N° 2.757
Santiago, 5 de abril de 2019.-
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Fuente: Colegio de Abogados de Chile A.G.