El tribunal de alzada resolvió no acoger la petición de la parte querellante que buscaba dejar sin efecto la sentencia que revocó el procesamiento contra el exgeneral director de Carabineros.
La quinta sala de la Corte de Apelaciones de Santiago resolvió declarar “no ha lugar” la solicitud de nulidad que ingresaron los querellantes del caso por aplicación de tormentos al estudiante Patricio Manzano en 1985, y que buscaba dejar sin efecto la sentencia que revocó el procesamiento contra el exgeneral director de Carabineros, Bruno Villalobos.
El ministro Mario Carroza había procesado al general (R) Villalobos y alcoronel (R) Ruperto Soto en calidad de cómplices por la aplicación de tormentos con resultado de muerte contra Manzano.
Sin embargo, el 6 de marzo la misma sala del tribunal de alzada, ante la apelación de ambos procesados, revocó el procesamiento contra Villalobos por falta de presunciones de participación en los hechos.
En el fallo no se hizo referencia al segundo procesado del caso, Ruperto Soto. Eso motivó que los querellantes del caso ingresaran, el jueves pasado, un recurso de nulidad argumentando que “al no haberse resuelto (el caso de Soto), hay una clara causal de nulidad formal y debe anularse el fallo, proceder a una nueva vista de la causa con miembros no inhabilitados y dictar respectivo fallo”.
Ante esta petición, un día después la corte ingresó un fallo complementario de cuatro páginas en donde se refiere al procesamiento de Soto. “No se ha atribuido participación materializada en alguna actuación concreta al inculpado, por cuanto ésta no expresa en qué consiste la cooperación del mismo a la ejecución del delito por actos anteriores o simultáneos. Tanto es así, que de la sola lectura de éstos fluye que Soto Reyes es omitido completamente de la relación sucinta expuesta en el auto de procesamiento”, dice la sentencia.
Al quedar aclarada la revocación del procesamiento para ambos excarabineros, el tribunal de alzada decidió desestimar el recurso de nulidad. De esta forma se puso fin a la causa de Villalobos y Soto por la supuesta aplicación de tormentos contra Manzano desestimando por completo los delitos imputados en el procesamiento dictado por Carroza en diciembre de 2018.
Fuente: latercera.cl