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Ex fiscales recurren al Tribunal Constitucional para forzar formalización en causa por estafa

[ssba]
17 de julio 2018

Reabren debate por facultad exclusiva de investigadores del Ministerio Público:
Presentaron un recurso de inaplicabilidad para que las víctimas, como querellantes, puedan pedir imputación de cargos en indagatorias penales.
Audiencia en el tribunal Los querellantes y requirentes, así como la defensa y la fiscalía alegarán ante los ministros del TC en la audiencia donde se resolverá si la presentación es o no admisible.

¿La solicitud de formalización es exclusiva del fiscal?, ¿puede la víctima, como querellante, pedir al juez que obligue al persecutor a la formalización? Son dos preguntas que deberá zanjar una vez más el Tribunal Constitucional (TC).

El debate entre el Ministerio Público y los querellantes llegó nuevamente a la magistratura, esta vez, mediante una presentación de tres ex fiscales: Vinko Fodich, Alejandro Peña y José Antonio Villalobos, quienes presentaron un requerimiento de inaplicabilidad en que se pide que la facultad de formalizar la investigación no solo radique en la fiscalía, sino también en la víctima, en su calidad de querellante.

Así estas podrán solicitar al juez de garantía que se formalice investigación y se posibilite la obtención de una sentencia.

Normas impugnadas

En la presentación piden declarar inconstitucional dos artículos: El 230 del Código Procesal Penal que le permite de manera exclusiva al fiscal formalizar, el que califican de «arbitrario y que, sin ningún control eficaz, impide al querellante la continuación del procedimiento al vedarle la posibilidad de forzar acusación y de llegar al juicio oral».

La otra norma impugnada es la del artículo 186 del mismo cuerpo legal, porque dicen que no está resguardado el derecho a ejercer la acción. La norma se refiere a que cualquier persona que se considere afectada por una investigación que no hubiese sido formalizada podrá pedir a un juez de garantía que le ordene al fiscal informar acerca de los hechos que fueron objeto de ella.

El requerimiento ya fue acogido a trámite y fue suspendida la audiencia en la que se debía debatir el sobreseimiento de los médicos querellados en la investigación por una supuesta estafa de alrededor de $1.200 millones (ver recuadro).

Para el ex fiscal Vinko Fodich «las víctimas de un portonazo, de una estafa, no pueden quedar relegadas al capricho o idea de un fiscal. Según la Constitución Política de la República tienen el derecho de accionar penalmente (…) Y ese derecho es el que estamos peleando en el TC».

Su par y también querellante en el caso, Alejandro Peña, complementa, diciendo: «Es una garantía constitucional de las víctimas el poder ejercer en plenitud la acción penal y tener derecho a un juicio y no que la facultad de formalización solo radique en el Ministerio Público».

En los próximos días, el TC verá en una audiencia con alegatos la admisibilidad de la presentación.

Fallos previos del TC

Desde el año 2007 comenzaron a llegar recursos de este tipo al tribunal, la mayoría son de querellantes, y unos pocos, de jueces. El tribunal acogió antes, en otra causa, una inaplicabilidad, estimando que «el Ministerio Público no tiene la exclusividad ni el monopolio de la acción penal, lo que es distinto a su facultad exclusiva de dirigir la investigación penal».

Los magistrados han sostenido, además, que el nuevo Código Procesal Penal «no se sujetó al control previo de constitucionalidad, no obstante, que varias de sus disposiciones constituían una ley orgánica».

El fiscal nacional, Jorge Abbott, presentó un escrito ante el TC, donde pide que se declare inadmisible el requerimiento respecto del artículo 186 del Código Procesal Penal, porque «no está razonablemente fundado y no se puede entender» que los recurrentes hayan pedido una audiencia al juez para que se formalice, usando esta misma norma que se cuestiona.

Abbott recuerda que hay seis sentencias en las que se han rechazado requerimientos de este tipo porque se «descartó el efecto contrario a la Constitución», en votación dividida.

«Es una garantía constitucional de las víctimas el poder ejercer en plenitud la acción penal (…) y no que la facultad de formalización solo radique en la fiscalía».
ALEJANDRO PEÑA
Requirente y querellante

«Las víctimas no pueden quedar relegadas al capricho de un fiscal. La Constitución les da derecho a la acción penal (…) y eso pelearemos en el TC».
VINKO FODICH
Requirente y querellante

El caso: disputa por compraventa de terrenos en Lo Barnechea

Según la querella presentada por los ex fiscales en enero del año pasado, el endocrinólogo Eduardo Bobadilla y el hematólogo y director de cine Alberto Daiber incumplieron las condiciones de una compraventa con su representado y le adeudarían cerca de $1.200 millones.

El negocio estaba relacionado con unos terrenos que su cliente tenía en Lo Barnechea, donde se construirían unos edificios, se relata en la misma presentación, en la que los querellantes agregan que «se realizaron diversas maniobras engañosas y fraudulentas (…) las cuales tenían por objetivo imposibilitar el cumplimiento de los contratos de promesa celebrados, y de esta manera, defraudar a mi representado, adquiriendo por parte de los querellados, dos bienes inmuebles de manera gratuita» y sin pagarse lo adeudado.

Hasta ahora, su cliente no ha recibido los departamentos comprometidos ni la devolución del dinero.

Además, explican en la misma querella, la Fiscalía Metropolitana Oriente solicitó audiencia de formalización contra los querellados, pero finalmente esta no se concretó porque la causa se trasladó hasta el 7° Juzgado de Garantía de Santiago y, en consecuencia, quedó en manos de la Fiscalía Metropolitana Centro Norte.

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Fuente: El Mercurio, martes 17 de julio de 2018