Se acogió recurso de amparo en representación de los extranjeros:
Aunque los ciudadanos ya fueron reembarcados a su país, se dispuso que la policía tome medidas para evitar que a futuro se repitan incidentes similares.
FLUJO MIGRATORIO.- Los haitianos pueden ingresar a Chile en calidad de turistas, sin que se les exija visa consular ni carta de invitación.
La Segunda Sala de la Corte Suprema acogió el recurso de amparo presentado por el Movimiento de Acción Migrante (MAM), en representación de 62 haitianos a quienes se les prohibió el ingreso a Chile el pasado 2 de marzo. Los extranjeros fueron reembarcados luego de pasar varios días en el Aeropuerto Arturo Merino Benítez.
El máximo tribunal consideró ilegal la actuación de la Policía de Investigaciones (PDI). «Las atribuciones que detentan los órganos de la Administración del Estado son conferidas por la ley en función directa de la finalidad u objeto del servicio público de que se trate. El ejercicio legítimo de estas atribuciones exige, además del respeto a los derechos de las personas, una necesaria razonabilidad en la decisión de la autoridad», estableció el fallo.
Según la resolución, «tampoco se precisó por la autoridad recurrida lo que se entiende en el caso concreto por ‘dinero insuficiente para su permanencia en Chile’, tema que al no estar definido en la ley, requiere del empleo de un criterio racional, comprensible por individuos extranjeros que no dominan el idioma español», y que por otra parte, «esgrimir como causal para impedir el ingreso de los amparados al territorio nacional no acreditar vínculos familiares en Chile, además de ser contradictorio con la calidad de turista que se invocó, no está considerado como presupuesto legal para ello».
El fallo se conoce mientras el Gobierno trabaja en las indicaciones que se harán al proyecto de Ley de Inmigración y Extranjería, enviado en 2013, que busca optimizar la política del país al respecto. De hecho, el miércoles, en alusión a algunos inmigrantes, el subsecretario del Interior, Rodrigo Ubilla, dijo que hoy «se engaña al sistema y se entra masivamente como turista».
Toma de acciones
La Corte determinó que la prohibición de ingreso fue «ilegal y arbitraria». Aunque los haitianos ya fueron reembarcados y el fallo no hace referencia a una compensación concreta para ellos, sí dispone que la PDI adopte medidas para evitar que se repitan situaciones similares.
Eduardo Cardoza, secretario ejecutivo del MAM, valoró la decisión de la justicia y aseguró que «la Corte Suprema puso las cosas en su lugar». Agregó que si las autoridades chilenas quieren efectivamente tomar acciones frente al flujo migratorio proveniente de la isla, «se tiene que informar en Haití cuál es la situación (…) Pero tomar medidas restrictivas en la frontera para resolver ese tema, es anacrónico y no va a dar resultado».
«El Mercurio» consultó a la PDI sobre la decisión de la Corte Suprema, pero la institución declinó referirse al fallo.
NORMATIVA
La ley señala que los turistas deben tener dinero para su permanencia, pero sin especificar un monto.