La Hacienda española despachó una reforma a la Ley Tributaria que incluye la pérdida del secreto profesional de los abogados internos, lo que provocó reacciones negativas por parte de los gremios empresarial y legal. Sin embargo, se armó una discusión en torno al rol del abogado in house, donde incluso surgieron opiniones optimistas en torno a la medida.
El día ocho de enero, tras terminar la consulta abierta, el Ministerio de Hacienda español despachó un proyecto de modificación de la Ley General Tributaria. Uno de los puntos de la reforma consiste en eliminar el secreto profesional del abogado interno de la empresa.
Esta medida se propone en el marco de adaptarse a la Directiva sobre operaciones transfronterizas, la cual incrementa el control sobre los asesores fiscales de las empresas para que éstos informen de operaciones que consideren ‘sospechosas’.
En principio, el secreto profesional en España está protegido por la Ley Orgánica del Poder Judicial en su artículo 542.3, el cual manda que “los abogados deberán guardar secreto de todos los hechos o noticias de que conozcan por razón de cualquiera de las modalidades de su actuación profesional, no pudiendo ser obligados a declarar sobre los mismos”.
De esta forma, los abogados estarían obligados a resguardar los asuntos que tienen que ver con la empresa en la que trabajan. Por esto, el proyecto de modificación ha hecho que conglomerados empresariales y legales cuestionen la medida.
La Confederación Española de Organizaciones Empresariales le explicó al medio español Expansión que el secreto profesional del abogado es “la expresión principal del Derecho Fundamental a la defensa, imprescindible en todo Estado de Derecho” y que en España se reconoce en la Constitución y en varias leyes, como de Enjuiciamiento Civil, Criminal y el Estatuto de la Abogacía.
Este proyecto ha causado tal revuelo que ha comenzado una discusión respecto del rol que tiene un abogado in house con la empresa en que trabaja. Incluso, hay quienes dicen que la medida es pertinente.
Elia Esteban, presidenta de la sección de abogacía interna del Colegio de Abogados de Madrid (ICAM), le explicó a Cinco Días de El País que si el abogado in house no está ejerciendo prácticas inherentes del abogado, como funciones relativas a la defensa, consejo y asesoramiento jurídico, no debería protegerle el secreto profesional.
“Si está haciendo funciones como abrir una cuenta bancaria para su cliente, ahí también estaría siendo protegido por el secreto profesional, no pudiendo ser obligado a declarar”
Según Álvaro Anríquez, abogado académico de la Universidad de Chile, habría que saber diferenciar entre la confidencialidad y el secreto profesional. Lo que no es inherente de las labores del abogado no estaría sujeto a la confidencialidad. Sin embargo, según Anríquez, esta distinción es un acuerdo jurisprudencial.
Sebastián Rivas, abogado de la Secretaría de Reclamos del Colegio de Abogados de Chile A.G, dice que la eliminación del privilegio abogado-cliente es un avance importante de destacar.
“Me parece correcta la idea de legislar en España, porque da cuenta de una comprensión más amplia y compleja sobre el papel del abogado dentro de la sociedad y la empresa, y a la vez lo confronta con la manera en que ha de cumplir con sus deberes profesionales”
Por el contrario, Belén Salvador, abogada de In Motion Servicios S.A., no está de acuerdo en principio con la medida. “El deber del abogado in house es para la empresa. Con esta medida nos perjudicaría, pues sin el secreto profesional se crearía una relación de desconfianza”.
Además, Salvador dijo a Idealex.Press que si la medida se llevase a cabo, crearía una desventaja entre el abogado interno frente a un asesor externo. “Las empresas preferirán un abogado externo que los asesore y sean avalados por el secreto profesional, por lo que cambiará la estructura legal de éstas”
Sebastián Rivas aterriza la discusión al caso chileno. “Pienso que con el crecimiento de las gerencias legales de las empresas harán que discusiones como ésta se vayan posicionando en países como el nuestro, donde estos temas aún no son un tema”.
Fuente: idealex.press