La Tercera Sala del máximo tribunal descartó actuar arbitrario de la AFP al denegar el retiro anticipado, debido a que por ley los fondos están destinados al pago de pensiones.
FACULTA EL ACCESO A PRESTACIONES DEL SEGURO DE DESEMPLEO DE LA LEY Nº 19.728, EN CIRCUNSTANCIAS EXCEPCIONALES
De acuerdo al fallo la acción de amparo no puede ser acogida a tramitación ya que «los antecedentes expuestos en el recurso no dan cuenta de hechos que, según el artículo 21 de la Constitución Política de la República, correspondan a aquellos susceptibles de la cautela impetrada por esta vía, puesto que se refieren a políticas públicas impulsadas desde la Presidencia de la República»
Según la autoridad, no existiría una «discriminación arbitraria» como sostienen desde la UDI, pues, la medida no rige para «todos los autores de delitos graves».
CREA UN SUBSIDIO PARA ALCANZAR UN INGRESO MÍNIMO GARANTIZADO
MODIFICA LA LEY N° 19.983, QUE REGULA LA TRANSFERENCIA Y OTORGA MÉRITO EJECUTIVO A COPIA DE LA FACTURA, PARA LIMITAR LOS ACUERDOS DE PLAZO DE PAGO EXCEPCIONAL EN CASOS DE EMPRESAS DE MENOR TAMAÑO EMISORAS DE FACTURAS
Esta iniciativa fue presentada por el Gobierno como medida ante la emergencia sanitaria del covid-19, y en concreto, establece la prórroga de los plazos probatarios de los procesos judiciales; da la posibilidad de suspender ciertas audiencias en tribunales; prioriza aquellas causas de violencia intrafamiliar o aquellas relacionadas con niños, niñas y adolescentes, así como prioriza las audiencias de revisión de medidas cautelares.
ESTABLECE UN RÉGIMEN JURÍDICO DE EXCEPCIÓN PARA LOS PROCESOS JUDICIALES, EN LAS AUDIENCIAS Y ACTUACIONES JUDICIALES, Y PARA LOS PLAZOS Y EJERCICIO DE LAS ACCIONES QUE INDICA, POR EL IMPACTO DE LA ENFERMEDAD COVID-19 EN CHILE