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Ley N° 21.162 – Diario Oficial Electrónico,
Lunes 15 de julio de 2019

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15 de julio 2019

MINISTERIO DEL MEDIO AMBIENTE LEY NÚM. 21.162 MODIFICA LA LEY Nº 19.300, QUE APRUEBA LEY SOBRE BASES GENERALES DEL MEDIO AMBIENTE, PARA EXIGIR LA ELABORACIÓN DE UN ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EN LOS PROYECTOS QUE PUEDAN GENERAR CONTAMINACIÓN LUMÍNICA EN LAS ZONAS QUE INDICA Teniendo presente que el H. Congreso Nacional ha dado su aprobación […]

MINISTERIO DEL MEDIO AMBIENTE

LEY NÚM. 21.162

MODIFICA LA LEY Nº 19.300, QUE APRUEBA LEY SOBRE BASES GENERALES DEL MEDIO AMBIENTE, PARA EXIGIR LA ELABORACIÓN DE UN ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EN LOS PROYECTOS QUE PUEDAN GENERAR CONTAMINACIÓN LUMÍNICA EN LAS ZONAS QUE INDICA

Teniendo presente que el H. Congreso Nacional ha dado su aprobación al proyecto de ley, originado en moción del diputado José Miguel Castro Bascuñán y de las diputadas y diputados Sofía Cid Versalović, Sebastián Álvarez Ramírez, Francisco Eguiguren Correa, Camila Flores Oporto, Félix González Gatica, Harry Jürgensen Rundshagen, Ximena Ossandón Irarrázabal, Hugo Rey Martínez y Diego Schalper Sepúlveda,

Proyecto de ley:


     «Artículo 1.- Introdúcense las siguientes modificaciones en la ley Nº 19.300, sobre Bases Generales del Medio Ambiente:

a) Incorpórase en la letra d) del artículo 2, a continuación de la expresión «ruido,», la frase «luminosidad artificial,».
b) Sustitúyese en la letra d) del artículo 11 la expresión «y glaciares,» por la siguiente: «, glaciares y áreas con valor para la observación astronómica con fines de investigación científica,».

     Artículo 2.- Intercálase en el artículo 4 de la ley Nº 21.105, que crea el Ministerio de Ciencia, Tecnología, Conocimiento e Innovación, la siguiente letra r), nueva, pasando la actual letra r) a ser s):

«r) Proponer al Presidente de la República las áreas con valor científico y de investigación para la observación astronómica, las que serán declaradas por decreto supremo expedido por el Ministerio, que deberá ser suscrito, además, por el Ministro del Medio Ambiente.».».

     Y por cuanto he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo; por tanto, promúlguese y llévese a efecto como Ley de la República.

Santiago, 1 de julio de 2019.- SEBASTIÁN PIÑERA ECHENIQUE, Presidente de la República.- Carolina Schmidt Zaldívar, Ministra del Medio Ambiente.- Andrés Couve Correa, Ministro de Ciencia, Tecnología, Conocimiento e Innovación.
Lo que transcribo para Ud. para los fines que estime pertinentes.- Marcelo Fernández Gómez, Subsecretario (S) del Medio Ambiente.

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