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Abogado de Camiroaga dice que protocolo para la ruta se creó después del accidente

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22 de noviembre 2018

Julio Pellegrini, sobre sentencia que rechazó 15 demandas:
El defensor, junto al de la familia de Roberto Bruce, discrepa de la contundencia del fallo, como lo expresó presidenta del CDE.

La defensa de la familia del conductor de televisión Felipe Camiroaga se refirió ayer por primera vez a la sentencia que rechazó las 15 demandas indemnizatorias presentadas por las familias de una parte de las 21 víctimas que fallecieron en el accidente aéreo del CASA 212, aeronave que se precipitó al mar el 2 de septiembre de 2011, en el archipiélago Juan Fernández.

El abogado Julio Pellegrini, quien junto a Juan Carlos Manríquez representa a la familia, discrepa de la presidenta del Consejo de Defensa del Estado (CDE) en que es un fallo «contundente, ya que se hace cargo en forma exhaustiva de los argumentos invocados por los demandantes».

Para Pellegrini, la propia sentencia «reconoce que tampoco había un protocolo para esa ruta, el que solo se creó después del accidente. En esas condiciones, el CASA 212 no debía despegar, tampoco intentar aterrizar y, menos aún, volar por el sector que separa las islas Santa Clara y Robinson Crusoe, donde ningún piloto experimentado entraría y que hoy se encuentra restringida por la misma FACh».

Respecto de los pilotos, cuestionó que se diga que tenían la experiencia suficiente. «Por el contrario, la propia sentencia reconoce que entre los dos pilotos no sumaban más de 615 horas de vuelo, cuando lo prudente para volar a Juan Fernández son al menos mil horas de vuelo por piloto, en rutas de alta complejidad. Se expuso a los pilotos y a todos quienes viajaban con ellos».

Agregó que «es sabido que en los aviones CASA el primer dígito (2) es el número de motores que tiene la aeronave, y el segundo (12), el número de pasajeros recomendado para ese modelo. Sin embargo, en este caso subieron al avión el doble de pasajeros (21). Para alivianar el sobrepeso se retiraron los estanques de bencina que van debajo de las alas (subalares) quitándole toda autonomía de vuelo. Ante adversidades climáticas, ese avión no podía retornar ni aterrizar en otro lugar, porque no tenía combustible suficiente para hacerlo».

La sentencia es «profundamente equivocada»

Por su parte, el abogado Eduardo Ugarte, que representa a la familia del periodista Roberto Bruce, coincide en que la sentencia «no es contundente ni menos aún justa, y en rigor se encuentra profundamente equivocada». A su juicio, la caída del avión fue por el vuelo a una altura peligrosamente baja que hizo la tripulación en la zona del canal. «Lo más curioso es que la sentencia diga que el avión no iba tratando de aterrizar, porque sin perjuicio de que no cabe otra explicación, en rigor si estaban tratando de aterrizar o no es irrelevante. Lo importante es que nadie sobrevuela ese canal a esa altura, por la razón que sea».

Apelación
Los abogados de Camiroaga y de Roberto Bruce fueron notificados ayer y adelantaron que apelarán a la Corte de Apelaciones de Valparaíso.

«(El fallo) se hace cargo en forma exhaustiva de los argumentos invocados por los demandantes».
JULIO PELLEGRINI
Abogado de la familia Camiroaga

 

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Fuente: El Mercurio, jueves 22 de noviembre de 2018